{"id":13913,"date":"2025-07-14T15:15:55","date_gmt":"2025-07-14T13:15:55","guid":{"rendered":"https:\/\/pasaenmendoza.com\/?p=13913"},"modified":"2025-07-14T15:15:56","modified_gmt":"2025-07-14T13:15:56","slug":"desplazaron-al-director-regional-de-arca-en-mendoza","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pasaenmendoza.com\/?p=13913","title":{"rendered":"Desplazaron al director regional de ARCA en Mendoza"},"content":{"rendered":"\n<p>El titular de la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (<strong>ARCA<\/strong>), Juan Pazo, dispuso el fin de las funciones del abogado\u00a0<strong>Francisco Bustelo<\/strong>\u00a0como director de la\u00a0<strong>Direcci\u00f3n Regional Mendoza<\/strong>, un cargo clave dentro de la estructura de la ex AFIP en el interior del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n fue formalizada a trav\u00e9s de una&nbsp;<strong>disposici\u00f3n publicada este lunes en el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n<\/strong>, que tambi\u00e9n establece su&nbsp;<strong>designaci\u00f3n<\/strong>&nbsp;inmediata como&nbsp;<strong>asesor<\/strong>&nbsp;en la misma dependencia, mismo &#8220;caminito&#8221; que hizo el anterior director regional de Mendoza, Claudio Gil.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan consta en el acto administrativo, la medida se enmarca en las facultades que tiene el organismo para\u00a0<strong>reorganizar internamente sus \u00e1reas<\/strong>, sin afectar la estabilidad de los empleados de planta permanente.\u00a0<strong>Bustelo<\/strong>\u00a0conservar\u00e1 su categor\u00eda dentro del escalaf\u00f3n, aunque\u00a0<strong>ya no ejercer\u00e1 funciones de conducci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El documento cita adem\u00e1s jurisprudencia administrativa y fallos de la Procuraci\u00f3n del Tesoro que avalan la posibilidad de modificar funciones dentro de la administraci\u00f3n p\u00fablica sin que ello implique despido ni p\u00e9rdida de derechos adquiridos.<\/p>\n\n\n\n<p>La disposici\u00f3n firmada por Pazo menciona que se agota la v\u00eda administrativa, aunque podr\u00e1 presentar un recurso o acudir a la Justicia si lo considera pertinente. Lo que\u00a0<strong>no incluye es el nombramiento del nuevo director regional de ARCA.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La disposici\u00f3n 152\/2025<\/p>\n\n\n\n<p>VISTO el Expediente Electr\u00f3nico N\u00b0 EX-2025-02611136- -ARCA-SEASDVGSPE#SDGADM y<\/p>\n\n\n\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n\n\n\n<p>Que por el Expediente Electr\u00f3nico citado en el VISTO, la Direcci\u00f3n General Impositiva propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al abogado Francisco Jos\u00e9 BUSTELO en el cargo de Director de la Direcci\u00f3n Regional Mendoza, en el \u00e1mbito de la Subdirecci\u00f3n General de Operaciones Impositivas del Interior.<\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 6\u00b0, inciso 1) b) del Decreto N\u00b0 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y los art\u00edculos 6\u00b0 y 7\u00b0 del Decreto N\u00b0 953 del 24 de octubre de 2024, otorga a la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administraci\u00f3n de personal, siendo competencia de la misma la evaluaci\u00f3n de la oportunidad, m\u00e9rito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y\/o facultades discrecionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero en raz\u00f3n de la funci\u00f3n estrat\u00e9gica del servicio (art\u00edculo 4\u00ba C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1.156\/96, 618\/97 y 1.399\/01), consistente en la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los art\u00edculos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N\u00b0 56\/92 &#8211; Laudo N\u00b0 16\/92 (t.o. Resoluci\u00f3n S.T. N\u00b0 924\/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo &#8211; Laudo N\u00ba 15\/91 (t.o. Resoluci\u00f3n S.T. N\u00ba 925\/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalaf\u00f3n, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignaci\u00f3n y finalizaci\u00f3n de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Procuraci\u00f3n del Tesoro de la Naci\u00f3n tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos l\u00edmites, que no puedan variarse las modalidades de la prestaci\u00f3n de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relaci\u00f3n a la organizaci\u00f3n, direcci\u00f3n y modificaci\u00f3n de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organizaci\u00f3n que posee esta Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero y que, por consiguiente, encuadran en el \u00e1mbito de discrecionalidad propia de la funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Subdirecci\u00f3n General de Administraci\u00f3n ha tomado la intervenci\u00f3n de su competencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los art\u00edculos 4\u00ba y 6\u00ba del Decreto N\u00ba 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por los Decretos Nros. 1.399 del 4 de noviembre de 2001 y 953 del 24 de octubre de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACI\u00d3N Y CONTROL ADUANERO DISPONE:<\/p>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de la persona que a continuaci\u00f3n se detalla, en el car\u00e1cter y en la Unidad de Estructura que se indica:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td>NOMBRES Y APELLIDO<\/td><td>CUIL<\/td><td>FUNCI\u00d3N ACTUAL<\/td><td>FUNCI\u00d3N ASIGNADA<\/td><\/tr><tr><td>Abog. Francisco Jos\u00e9 BUSTELO<\/td><td>20172040218<\/td><td>Director\/a regional impositivo &#8211; DIR. REGIONAL MENDOZA (SDG OPII)<\/td><td>Asesor Mayor &#8211; DIR. REGIONAL MENDOZA (SDG OPII)<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00ba.- Hacer saber al nombrado que con el dictado de la presente disposici\u00f3n queda agotada la v\u00eda administrativa en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 23, inciso c), apartado (iii), de la Ley N\u00b0 19.549, y que contra \u00e9sta podr\u00e1 interponer, a su opci\u00f3n, recurso de reconsideraci\u00f3n o de alzada en los t\u00e9rminos de los art\u00edculos 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos &#8211; Decreto N\u00b0 1.759\/72 (t.o. 2017), dentro del plazo de VEINTE (20) o TREINTA (30) d\u00edas h\u00e1biles administrativos, respectivamente, ambos plazos computados a partir del primer d\u00eda h\u00e1bil siguiente al de su notificaci\u00f3n, o bien, la acci\u00f3n judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) d\u00edas h\u00e1biles judiciales seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 25 de la Ley N\u00b0 19.549.<\/p>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00ba.- Comun\u00edquese, dese a la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial y arch\u00edvese.<\/p>\n\n\n\n<p>Juan Alberto Pazo<\/p>\n\n\n\n<p>e. 14\/07\/2025 N\u00b0 49207\/25 v. 14\/07\/2025<\/p>\n\n\n\n<p>Fecha de publicaci\u00f3n 14\/07\/2025<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuente: www.mendozapost.com<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El titular de la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, dispuso el fin de las funciones del abogado\u00a0Francisco Bustelo\u00a0como director de la\u00a0Direcci\u00f3n Regional Mendoza, un cargo clave dentro de la estructura de la ex AFIP en el interior del pa\u00eds. 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