{"id":5817,"date":"2024-03-04T13:17:37","date_gmt":"2024-03-04T12:17:37","guid":{"rendered":"https:\/\/pasaenmendoza.com\/?p=5817"},"modified":"2024-03-04T13:17:38","modified_gmt":"2024-03-04T12:17:38","slug":"el-banco-central-amplio-su-demanda-contra-mendoza-por-inconstitucionalidad-de-la-ley-impositiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pasaenmendoza.com\/?p=5817","title":{"rendered":"El Banco Central ampli\u00f3 su demanda contra Mendoza por inconstitucionalidad de la ley impositiva"},"content":{"rendered":"\n<p>Las nuevas autoridades reiteraron adem\u00e1s el pedido de una medida cautelar para suspender los efectos de la reforma de la ley tarifaria que rige desde el 2023<\/p>\n\n\n\n<p>Los abogados del&nbsp;<strong>Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>&nbsp;ampliaron la demanda que iniciaron el a\u00f1o pasado&nbsp;<strong>contra Mendoza<\/strong>&nbsp;por entender que las leyes impositivas 2023 y 2024 de la provincia son&nbsp;<strong>inconstitucionales<\/strong>. A su vez, reiteraron el pedido para que la Corte Suprema de Justicia dicte una&nbsp;<strong>medida cautelar urgente&nbsp;<\/strong>para suspender los efectos de las mismas.<\/p>\n\n\n\n<p>La demanda inicial cuestionaba una\u00a0<strong>reforma del art\u00edculo 189 del C\u00f3digo Fiscal de Mendoza<\/strong>\u00a0por la que &#8220;los ingresos provenientes de toda operaci\u00f3n sobre&#8230;\u00a0t\u00edtulos, bonos, letras, certificados de participaci\u00f3n y dem\u00e1s\u00a0<strong>instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina&#8221; quedaban gravados por Ingresos Brutos<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Los representantes del\u00a0<strong>BCRA explicaron ahora ante la Corte Suprema de Justicia<\/strong>, que entiende en el caso, que aquella pretensi\u00f3n deducida en 2023 abarcaba tambi\u00e9n de la nueva normativa vigente en Mendoza, votada por la Legislatura en noviembre pasado junto a la Ley de Presupuesto, dado que el art\u00edculo de fines del 2022 permaneci\u00f3 tal cual en la nueva ley tarifaria.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Medida cautelar contra las leyes impositivas de Mendoza<\/h2>\n\n\n\n<p>En el escrito presentado en febrero en la causa que entr\u00f3 de manera originaria en la Corte, los abogados del Banco Central -que a pesar del cambio de autoridades permanecen en el cuerpo legal de la instituci\u00f3n-&nbsp;<strong>pidieron que el tribunal disponga &#8220;la inmediata suspensi\u00f3n de los efectos de la normativa cuestionada&#8221;<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Argumentaron el pedido &#8220;en m\u00e9rito a la m\u00e1xima gravedad institucional de las situaciones planteadas&#8221; y solicitaron\u00a0<strong>que, adem\u00e1s, Mendoza se abstenga de &#8220;llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecuci\u00f3n el gravamen en cuesti\u00f3n&#8221;<\/strong>\u00a0hasta que haya sentencia definitiva.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Qu\u00e9 es lo que el Banco Central considera inconstitucional<\/h2>\n\n\n\n<p>En la&nbsp;<strong>ley impositiva del 2023<\/strong>, votada a fines del a\u00f1o anterior, el Gobierno de Mendoza introdujo una modificaci\u00f3n en el art\u00edculo 189 inciso 8 del C\u00f3digo Fiscal provincial, y&nbsp;<strong>elimin\u00f3 la exenci\u00f3n del impuesto Ingresos Brutos de los t\u00edtulos, bonos, letras, certificados de participaci\u00f3n y dem\u00e1s instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Conocida esta reforma,&nbsp;<strong>el Banco Central interpuso una demanda declarativa de certeza e inconstitucionalidad&nbsp;<\/strong>contra esa ley N\u00ba 9432 considerando que esa decisi\u00f3n provincial &#8220;interfiere en una actividad reglada por el BCRA, afectando la estabilidad monetaria y financiera del pa\u00eds&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Puntualmente, el pedido es que Mendoza&nbsp;<strong>haga cesar el estado de incertidumbre<\/strong>, y se declare la inconstitucionalidad de las normas &#8220;en la medida que&nbsp;<strong>interfiere en una actividad reglada por el BCRA<\/strong>, afectando la estabilidad monetaria y financiera del pa\u00eds&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo que cree el Banco Central es que como la normativa provincial alcanza a los instrumentos financieros emitidos por el BCRA, &#8220;<strong>interfiere en su pol\u00edtica monetaria por lo que viola el bloque de derecho federal<\/strong>&#8221; constituido por la Constituci\u00f3n Nacional, la ley 21.526 y precedentes jurisprudenciales; y afecta de manera directa herramientas de pol\u00edtica monetaria contempladas en la Carta Org\u00e1nica del banco.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Ya sea que se grave una actividad o se &#8216;elimine&#8217; una exenci\u00f3n -como es el caso-, lo cierto es que&nbsp;<strong>se impone un tributo sobre una actividad reglada por el BCRA<\/strong>&nbsp;que afecta directamente la estabilidad monetaria y financiera&#8221;, dicen.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, argumentan que est\u00e1n en juego &#8220;cuestiones de m\u00e1xima gravedad institucional&#8221; porque ese gravamen creado por Mendoza&nbsp;<strong>afecta &#8220;actividades e instrumentos que hacen a la pol\u00edtica monetaria nacional<\/strong>, lo que genera o puede generar una grave afectaci\u00f3n de la econom\u00eda en su conjunto&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo primero pide el BCRA que se declare la inconstitucionalidad, y por lo segundo la medida cautelar inmediata; aunque esta misma fue pedida ya en 2023 y a\u00fan no se aplica.<\/p>\n\n\n\n<p>Como en&nbsp;<strong>la ley impositiva que rige desde el 1 de enero de 2024 mantiene el gravamen a letras del Central<\/strong>, el banco ampli\u00f3 despu\u00e9s de la feria judicial su demanda contra Mendoza.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La otra causa pendiente del BCRA contra una provincia<\/h2>\n\n\n\n<p>El Banco Central tiene dos causas en la Corte para intentar frenar el cobro de Ingresos Brutos sobre la emisi\u00f3n de letras: la de Mendoza, y&nbsp;<strong>otra contra la Ciudad de Buenos Aires.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El de CABA es un antecedente. En&nbsp;<strong>2020<\/strong>, el Gobierno de Horacio Rodr\u00edguez Larreta grav\u00f3 los intereses que pagan las Leliqs y los pases con un 7% de Ingresos Brutos. En ese caso, la Justicia no concedi\u00f3 la cautelar y&nbsp;<strong>el fondo de la cuesti\u00f3n sigui\u00f3 tramit\u00e1ndose en la Corte<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La reacci\u00f3n en la recaudaci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>All\u00e1 por mayo del 2023, despu\u00e9s de los primeros meses de aplicaci\u00f3n del gravamen a las Leliqs del Banco Central, en Mendoza crec\u00eda la recaudaci\u00f3n en t\u00e9rminos reales\u00a0<strong>hasta 20 puntos m\u00e1s que la inflaci\u00f3n<\/strong>,\u00a0seg\u00fan reportaba El Cronista.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Mendoza comenz\u00f3 a gravar la operatoria con Ingresos Brutos y mejor\u00f3 su recaudaci\u00f3n&#8221;, explicaba entonces el medio especializado en econom\u00eda. &#8220;Hasta marzo, los ingresos provinciales sumaban $59.251 millones, con una suba del 111%. Solo en marzo, el incremento fue del 121%.&nbsp;<strong>La recaudaci\u00f3n por Ingresos Brutos (75% del total) se dispar\u00f3 127% en marzo y 123% acumulado en tres meses, casi 20 puntos por arriba de la inflaci\u00f3n estimada<\/strong>&#8220;.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo ello, gracias al &#8220;efecto Leliq&#8221; dado que\u00a0<strong>a medida que el Banco Central sub\u00eda la tasa, la provincia recaudaba m\u00e1s<\/strong>. Esas mismas consecuencias se vieron en la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n\n\n\n<p>FUENTE: Diariouno.com.ar <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las nuevas autoridades reiteraron adem\u00e1s el pedido de una medida cautelar para suspender los efectos de la reforma de la ley tarifaria que rige desde el 2023 Los abogados del&nbsp;Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina&nbsp;ampliaron la demanda que iniciaron el a\u00f1o pasado&nbsp;contra Mendoza&nbsp;por entender que las leyes impositivas 2023 y 2024 de la provincia son&nbsp;inconstitucionales. 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