Las prepagas tendrán que avisar antes de aumentar

La información deberá ser remitida con carácter previo a la notificación a los usuarios

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Una resolución  en el Boletín Oficial de la Nación por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud definió un aumento en la fiscalización en las prepagas, luego de la desregulación inicial de Nación.

¿Qué significa esto? La nueva medida obliga a las empresas de medicina prepaga a informar al organismo si van a implementar un aumento en sus planes.

“Un procedimiento estandarizado para la presentación de información sobre aumentos en las cuotas de los planes de cobertura médico asistencial”, es lo que establece la Resolución 645 publicada este viernes.

Con esta normativa, el Gobierno intentará ordenar los aumentos y la comunicación de los mismos por parte de las empresas de salud. 

El año pasado, en septiembre, se habían pautado los lineamientos para informar los aumentos aplicables a las cuotas de los planes de cobertura. Ahora las prepagas tendrán que informarle a la Superintendencia previo a la notificación a sus afiliados.

” La información deberá ser remitida con carácter previo a la notificación a los usuarios, cuyo plazo es el determinado en el artículo 17 del Anexo del Decreto N° 1993/2011 y sus modificatorios, es decir, dentro de los CINCO (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA; respetando la antelación no inferior a TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento del pago de la obligación. 

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente procedimiento será considerado falta formal, sin perjuicio de la invalidez de la notificación contemplada en la normativa vigente”.

Fuente: www.mendozapost.com

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