Tras el acuerdo con Provincia, Capital “reconfigura” el Barrio Cívico

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza aprobó una ordenanza que redefine el uso del suelo en el Centro Cívico. El municipio asume el control sobre el desarrollo urbanístico del área, que antes dependía del Gobierno provincial.

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Después de décadas de normas obsoletas y una jurisdicción compartida con la Provincia, la Ciudad de Mendoza logró asumir formalmente la planificación del área. Fue tras la reciente sanción de la Ley 9614, que modificó el viejo marco legal de 1965, y dio paso a un nuevo esquema de ordenamiento urbano, ahora en manos del municipio.

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial de Mendoza la ordenanza 4212/25, que aprobó el Concejo Deliberante de Capital y que redefine el Código Urbano y de Edificación para el sector del Centro Cívico. 

El cambio establece con claridad los límites, usos permitidos e indicadores urbanos para la zona, y abre la puerta a un desarrollo urbano más “dinámico, mixto y sostenible”.

De zona institucional a barrio mixto

El área en cuestión -comprendida entre Pedro Molina, las vías del Metrotranvía, el zanjón Frías y avenida San Martín– concentra organismos gubernamentales, edificios públicos y un entorno verde. Sin embargo, su densidad residencial ha sido históricamente baja, y la actividad fuera del horario administrativo prácticamente nula.

La nueva normativa busca romper esa lógica: define al barrio como una “zona especial con características político-institucionales”, pero con la intención de incentivar la “residencialidad”, sumar servicios, y fomentar una mayor vitalidad urbana durante todo el día.

La ordenanza divide el Centro o Barrio Cívico en tres subzonas, cada una con un perfil específico:

CEN2 (Central 2): Frentistas norte de Av. Pedro Molina. Tendrá un perfil residencial de densidad media-alta, con fuerte presencia de servicios educativos, culturales y de salud.

C1 (Comercial 1): Incluye calles como Pueyrredón, Zeballos y tramos de San Martín. Se permitirá una transformación gradual hacia el uso comercial, conservando el carácter residencial.

R2AS (Residencial 2): Sector más interno del barrio. Se priorizará la renovación edilicia y la mezcla de residencias con equipamientos barriales y metropolitanos.

Además, los predios del dominio público seguirán un esquema particular: deberán ser construcciones aisladas, sin cercos ni muros, con tratamiento completo de fachadas y articulación peatonal. Cada nuevo proyecto en estos lotes será revisado y aprobado por el Conjunto Asesor de Planificación Urbana y la Comisión de Usos del Suelo.

Fuente: www.mendozapost.com

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