La causa contra el comerciante santafecino de 60 años acusado de abusar sexualmente de su sobrina política durante más de un año finalmente irá a juicio oral. Así lo resolvió la Justicia al rechazar el planteo de nulidad presentado por la defensa del imputado, quien permanece detenido desde agosto del año pasado.
El fallo judicial desestimó los argumentos presentados por el abogado defensor Pablo Cazabán, quien había solicitado la anulación del requerimiento de elevación a juicio alegando que la acusación fiscal carecía de fundamentación y que se había violado el derecho de defensa de su cliente.
La defensa del dueño de una reconocida panadería de la Quinta Sección de Ciudad había cuestionado prácticamente todos los elementos de la investigación. Argumentó que el relato de la menor víctima, de apenas 10 años, había sido “contaminado” por sus padres y que varias pruebas no habían sido correctamente valoradas por el Ministerio Público.
Sin embargo, la resolución de la jueza Mirna Montaldi fue contundente al señalar que el requerimiento acusatorio cumplía con todos los requisitos legales y se encontraba debidamente fundamentado. “No existe violación al derecho de defensa ni ninguna otra garantía constitucional del imputado“, estableció el fallo.
Según se desprende de la resolución, la investigación fiscal se apoyó fundamentalmente en el testimonio que la niña brindó en Cámara Gesell, el cual fue analizado por peritos psicólogos que concluyeron que “reúne criterios de credibilidad”.
Además, informes de profesionales de la salud detectaron en la menor “sintomatología postraumática e indicadores inespecíficos de abuso sexual”, mientras que docentes de su escuela advirtieron cambios de conducta durante el período en que habrían ocurrido los hechos.
Un dato clave es que el propio imputado admitió en su declaración que en dos o tres oportunidades estuvo a solas con la menor, que pasó a buscarla y la llevó a su negocio, y reconoció haber tenido contactos físicos que describió como “cosquillas”.
Uno de los puntos centrales del planteo defensista fue la ausencia de lesiones físicas en la menor. El abogado había sostenido que esto descartaría los abusos denunciados.
Sin embargo, la resolución judicial citó jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que establece de manera clara: “La ausencia de evidencias físicas de abuso sexual no significa su inexistencia”. Esta doctrina es aplicada de manera constante tanto por tribunales nacionales como internacionales en casos de abuso sexual infantil.
Los hechos que se juzgarán
Según la acusación fiscal a cargo del fiscal Gonzalo Marzal, los abusos habrían ocurrido durante gran parte de 2023 y hasta el 27 de julio de ese año, cuando la familia de la menor decidió radicar la denuncia.
Los episodios se habrían registrado en múltiples lugares: en la vivienda del acusado ubicada en el barrio Batalla del Pilar de Godoy Cruz, en su panadería de la Quinta Sección de Ciudad, y también en su vehículo particular.
La víctima, que tenía entre 8 y 9 años al momento de los hechos, es hija de una hermana de la esposa del comerciante. Fue la propia niña quien relató a su madre los padecimientos que venía sufriendo.
Los abusos incluirían besos en la boca, tocamientos con acceso carnal y sexo oral, se desprende de la instrucción. Algunos episodios habrían ocurrido mientras la menor se bañaba en el domicilio del acusado y también cuando dormía en un sillón de la vivienda.
El imputado enfrenta una acusación de extrema gravedad: abuso sexual simple agravado por ser cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, y abuso sexual con acceso carnal agravado reiterado en un número indeterminado de hechos.
De ser encontrado culpable en el juicio oral, el comerciante podría enfrentar una pena de hasta 20 años de prisión.
Seguirá detenido
El imputado fue detenido el 26 de agosto del año pasado y permanece en prisión preventiva. En agosto, la misma jueza Montaldi, del Juzgado Penal Colegiado Nº2, rechazó también un pedido de prisión domiciliaria que había solicitado la defensa alegando problemas de salud.
La magistrada consideró que existían riesgos procesales que ameritaban mantener la detención en un centro carcelario, aunque ordenó garantizar que reciba el tratamiento médico necesario.
Fuente: www.elsol.com.ar


