Vamos a ser muy rigurosos con los que no paguen”, había advertido el ministro de Hacienda. En medio de la crisis y debido a la aceleración de la inflación, el Gobierno de Mendoza subió las tasas aplicables a deudas, créditos y multas impagas
“Vamos a ser muy rigurosos con los que no paguen”, decía el ministro Víctor Fayad hace poco más de un mes en Séptimo Día. Y cumplió. Este jueves se conocieron los nuevos valores de las tasas de interés por mora para los impuestos provinciales, entre ellos el Inmobiliario y el Automotor. Los mismos rigen a partir del 1 de febrero.
Mediante la resolución Nº 6 publicada en el Boletín Oficial, el ministro de Hacienda y Finanzas aumentó los intereses para las deudas tributarias, de créditos y de multas.
Según los argumentos de la norma, la actualización se debe a la fuerte aceleración de la inflación en los últimos meses del año pasado
Los nuevos valores de interés para los que deban impuestos en Mendoza
El ministro Fayad resolvió fijar en 12,86% mensual, de aplicación quincenal, la tasa de interés resarcitorio aplicable a las deudas tributarias.
Y en 15,43% mensual, también de aplicación quincenal, la tasa de interés punitorio relativa a los créditos y multas ejecutariadas.
Además, el ministro facultó a la Administración Tributaria Mendoza a establecer tasas de interés de financiación de hasta el 10% mensual para los Planes de Facilidades de Pago otorgados por esa repartición.
En tanto que, advierte la resolución: “Para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, se deberán aplicar las tasas de interés vigentes durante cada uno de los períodos que estos alcancen”. La fecha en cuestión es el 1 de febrero de 2024, según la propia normativa.
La advertencia de Fayad para los que no paguen
Ante una previsible caída de la recaudación impositiva por la recesión económica, Fayad auguraba a mediados de diciembre la posible caída del pago de los impuestos patrimoniales, como el Inmobiliario y el Automotor, que son los que recauda la provincia y que en gran medida también se coparticipan a las comunas. Y eso lo preocupaba.
Para evitar esa mora, ya en ese momento adelantó que serían “muy rigurosos con los morosos”.
“El gran desafío es mantener muy bajos los niveles de mora y para eso vamos a ser muy rigurosos con los contribuyentes que no paguen los impuestos”, insistió.
Por si hiciera falta darle más contundencia a su advertencia, remarcó que la tasa por mora estará por encima de la inflación “porque no puede ser negocio no pagar los impuestos“.
Los argumentos del Gobierno para subir las tasas de interés
En la propia resolución, el ministro refiere que son los propios artículos 60 y 133 del Código Fiscal de la Provincia de Mendoza los que facultan al Ministerio de Hacienda y Finanzas a fijar las tasas mensuales de interés resarcitorio y punitorio.
Que el 60, por ejemplo, dispone que la tasa mensual de interés resarcitorio, aplicable a las deudas tributarias, sea fijada con base en el índice de Precios al Consumidor informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), no pudiendo exceder la misma en 1,5 veces la tasa activa promedio que perciba el Banco de la Nación Argentina por sus operaciones.
Y que el 133, en tanto, Fiscal establece que la tasa de interés punitorio relativa a los créditos y multas ejecutariadas no podrá ser inferior a la tasa de interés resarcitorio, ni mayor en un 100% de la misma.
El año pasado se fijaron los valores de las tasas de interés resarcitorio y punitorio para que tengan vigencia desde el 1 de septiembre del 2023, pero desde entonces, la tasa de inflación mensual registró una fuerte aceleración. Es por ello que el Gobierno consideró “conveniente actualizar los valores tomando como base para el cálculo la inflación observada en el segundo semestre 2023”.
FUENTE: Diariouno.com.ar