La procuradora de la Nación dio vía libre para que la Corte resuelva la demanda de Mendoza al BCRA

Laura Monti entendió que la Corte tiene competencia para entender en la acción declarativa de certeza y la medida de no innovar que presentó Mendoza por el cepo que impide a las provincias acceder a dólares

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El caso de Mendoza contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) por el cepo a las provincias avanza ante la Corte Suprema de Justicia luego de que la procuradora fiscal Laura Monti dictaminara en favor de la competencia originaria del máximo tribunal.

De esta manera, efectivamente será la Corte la que deba resolver la acción declarativa de certeza que interpuso el Gobierno mendocino, junto a la cautelar de no innovar que la acompañó.

Lo que busca el Gobierno es que lo antes posible -teniendo en cuenta que el 19 de septiembre tiene un vencimiento de la deuda en dólares-, la Corte resuelva la cautelar para no tener que cumplir el mes que viene la medida adoptada por el Central que dificulta el acceso al dólar oficial en el pago de sus deudas en moneda extranjera.

Avanza en la Corte el caso contra el BCRA por el cepo a las provincias

La demanda de Mendoza ingresó al Poder Judicial el pasado 14 de julio, antes de la feria judicial.

A principios de agosto, el expediente pasó a la Procuraduría para que se expida acerca de la competencia de la Corte Suprema.

La procuradora fiscal Laura Monti opinó que “la causa debe tramitar ante los estrados del Tribunal”. “A mi modo de ver, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, el sub lite corresponde a la competencia originaria de la Corte ratione personae“, dictaminó y dio pase al máximo tribunal.

Ahora será la Corte la que deba resolver, primero la cautelar y luego el fondo de la cuestión.

Lo que solicitó Mendoza en primer lugar, como medida cautelar innovativa, es que se suspendan de los efectos de la Comunicación “A” 7782 del BCRA y de sus actos de aplicación.

Y luego, que se declare con certeza si la resolución del Banco Central sobre el cepo a las provincias es aplicable al próximo vencimiento de obligaciones de la Provincia de Mendoza correspondientes a la operatoria PMM29, o si por el contrario se encuentra excluida.

Esa resolución que ataca Mendoza es la que señala que el Banco Central brindará acceso a dólar oficial solo hasta el 40% de lo que tiene que pagar por capital en cada vencimiento y que para el 60% restante deberá: usar sus dólares -si los tuviera-, comprarlos en el mercado al valor del Mercado Electrónico de Pagos (MEP) o refinanciar la deuda.

La primera duda del equipo legal pasa por saber si esa normativa es aplicable a Mendoza, dado que el punto 3.17.2.4. del mismo reglamento marca que quedan excluidas las refinanciaciones posteriores al 01 de enero de 2020.

Ahora bien, si la Corte resolviera que efectivamente le es aplicable, Mendoza pide que se declare la inconstitucionalidad de la normativa del Central.

En sus argumentos, la Provincia señala que la norma implica prácticamente la imposibilidad de acceder al dólar para cancelar en tiempo y forma el vencimiento de septiembre; y que ello es un abuso por parte del BCRA que se está “inmiscuyendo en la autonomía administrativa y financiera de la Provincia de Mendoza, atentando directamente contra la buena fe y lealtad federal que es pilar fundacional de nuestra Constitución Nacional”.

Además, Mendoza aduce que el instrumento mediante el cual se decidió el cepo “adolece de vicios groseros en todos sus elementos constitutivos”.

Fuente: www.diariouno.com.ar

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